Skip to main content

A partir del 3 de febrero de 2025, todas las sociedades mercantiles en España estarán obligadas a informar a la Agencia Tributaria sobre la identidad de sus titulares reales. Esta medida, implementada a través de la actualización del modelo 036, tiene como objetivo incrementar la transparencia y fortalecer la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.

¿Quiénes son considerados titulares reales?

Se entiende por titular real a la persona física que, en última instancia, posee o controla, directa o indirectamente, más del 25% del capital social o de los derechos de voto de la sociedad, o que, por otros medios, ejerce control sobre la misma. En ausencia de una persona que cumpla estos criterios, se considerará titular real al administrador o administradores de la empresa.

Información a proporcionar

Las sociedades deberán suministrar los siguientes datos de cada titular real:

  • Nombre completo.
  • Número de Identificación Fiscal (NIF) o, en su defecto, número de identificación extranjero.
  • Fecha de nacimiento.
  • Nacionalidad.
  • País de residencia.
  • Porcentaje de participación en el capital social o en los derechos de voto.

Procedimiento y plazos

La comunicación de esta información se realizará mediante el modelo 036 en los siguientes casos:

  • Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores: Al constituir una nueva sociedad.
  • Modificaciones censales: Ante cualquier cambio en la estructura accionarial, como la adquisición o cesión de participaciones que alteren la titularidad real.
  • Baja en el censo: Al disolver la sociedad.

Es fundamental que las empresas mantengan actualizada esta información y la comuniquen a Hacienda en tiempo y forma para evitar posibles sanciones.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de esta obligación puede ser considerado una infracción tributaria grave, con multas que oscilan entre 300 y 20.000 euros, dependiendo de la gravedad y la reiteración de la infracción.

Recomendaciones para las empresas

Desde Gaudia Abogados, recomendamos a todas las sociedades:

  • Revisar y actualizar sus registros internos para identificar a los titulares reales según los nuevos criterios establecidos.
  • Establecer procedimientos internos que permitan recopilar y mantener actualizada la información requerida.
  • Asesorarse legal y fiscalmente para garantizar el correcto cumplimiento de esta nueva obligación y evitar posibles sanciones.

Esta medida se enmarca en las directrices europeas de transparencia financiera y busca fortalecer el control sobre las estructuras societarias, contribuyendo a un entorno empresarial más seguro y confiable.