A partir del 3 de febrero de 2025, todas las sociedades mercantiles en España estarán obligadas a informar a la Agencia Tributaria sobre la identidad de sus titulares reales. Esta medida, implementada a través de la actualización del modelo 036, tiene como objetivo incrementar la transparencia y fortalecer la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.
¿Quiénes son considerados titulares reales?
Se entiende por titular real a la persona física que, en última instancia, posee o controla, directa o indirectamente, más del 25% del capital social o de los derechos de voto de la sociedad, o que, por otros medios, ejerce control sobre la misma. En ausencia de una persona que cumpla estos criterios, se considerará titular real al administrador o administradores de la empresa.
Información a proporcionar
Las sociedades deberán suministrar los siguientes datos de cada titular real:
- Nombre completo.
- Número de Identificación Fiscal (NIF) o, en su defecto, número de identificación extranjero.
- Fecha de nacimiento.
- Nacionalidad.
- País de residencia.
- Porcentaje de participación en el capital social o en los derechos de voto.
Procedimiento y plazos
La comunicación de esta información se realizará mediante el modelo 036 en los siguientes casos:
- Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores: Al constituir una nueva sociedad.
- Modificaciones censales: Ante cualquier cambio en la estructura accionarial, como la adquisición o cesión de participaciones que alteren la titularidad real.
- Baja en el censo: Al disolver la sociedad.
Es fundamental que las empresas mantengan actualizada esta información y la comuniquen a Hacienda en tiempo y forma para evitar posibles sanciones.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de esta obligación puede ser considerado una infracción tributaria grave, con multas que oscilan entre 300 y 20.000 euros, dependiendo de la gravedad y la reiteración de la infracción.
Recomendaciones para las empresas
Desde Gaudia Abogados, recomendamos a todas las sociedades:
- Revisar y actualizar sus registros internos para identificar a los titulares reales según los nuevos criterios establecidos.
- Establecer procedimientos internos que permitan recopilar y mantener actualizada la información requerida.
- Asesorarse legal y fiscalmente para garantizar el correcto cumplimiento de esta nueva obligación y evitar posibles sanciones.
Esta medida se enmarca en las directrices europeas de transparencia financiera y busca fortalecer el control sobre las estructuras societarias, contribuyendo a un entorno empresarial más seguro y confiable.