El Congreso de los Diputados ha convalidado el Real Decreto-ley que modifica la regulación de los permisos por nacimiento y cuidados, introduciendo las siguientes novedades principales:
- Permiso por nacimiento
- Pasa de 16 a 17 semanas, retribuidas al 100 %.
- Las primeras 6 semanas continúan siendo obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa tras el nacimiento o resolución judicial/administrativa en caso de adopción o acogimiento.
- Las 11 semanas restantes pueden disfrutarse de forma acumulada o interrumpida, a jornada completa o parcial, dentro de los 12 meses posteriores.
- Permiso por cuidados del menor hasta 8 años
- Se añaden 2 semanas retribuidas, que se suman a las 8 semanas ya existentes (no remuneradas).
- Estas dos semanas adicionales podrán disfrutarse a partir del 1 de enero de 2026.
- Familias monoparentales
- Se reconoce un permiso total de 32 semanas retribuidas:
- 28 semanas durante el primer año.
- 4 semanas adicionales hasta que el menor cumpla 8 años.
- Ámbito temporal
- La ampliación es aplicable únicamente a hijos nacidos a partir del 2 de agosto de 2024.
- Financiación
- La Seguridad Social asume el abono íntegro de la prestación.
- La empresa deberá seguir cotizando por la persona trabajadora durante el permiso, con posibilidad de acceder a bonificaciones en caso de contratar a un sustituto.
| Situación | Permiso retribuido | Periodo de disfrute | Aplicación |
| Progenitores (biparentales) | 17 semanas nacimiento + 2 de cuidados = 19 | 17 semanas en el primer año; 2 hasta los 8 años | Nacidos desde 2-08-2024 (cuidados desde 01-01-2026) |
| Familias monoparentales | 28 semanas nacimiento + 4 de cuidados = 32 | 28 semanas en el primer año; 4 hasta los 8 años | Mismo régimen que anterior |
Para cualquier cuestión práctica sobre la gestión de estos permisos o su aplicación en cada caso concreto, nuestro equipo queda a su disposición.

