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El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE de 30 de julio de 2025) amplía el permiso por nacimiento y cuidado de menor y culmina la transposición al ordenamiento español de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y laboral de progenitores y cuidadores

 

Principales novedades del Real Decreto-ley

 

  • Mayor duración del permiso: pasa de 16 a 19 semanas retribuidas al 100 % de la base reguladora a cargo de la Seguridad Social.
  • Distribución del permiso:
    • 6 semanas obligatorias tras el parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
    • 11 semanas de disfrute flexible, completas o fraccionadas, hasta que el menor cumpla 12 meses.
    • 2 semanas adicionales para el cuidado parental, a disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años.
  • Permisos en familias monoparentales: se amplían hasta 32 semanas (22 flexibles hasta los 12 meses y 4 hasta los 8 años).
  • Supuestos especiales: se añade 1 semana extra para cada progenitor en caso de discapacidad del menor o nacimientos/adopciones múltiples.
  • Retroactividad: el nuevo marco se aplica a menores nacidos a partir del 2 de agosto de 2024.
    Las semanas adicionales (2 para cuidado parental y 4 en caso de monoparentalidad) podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026, sin necesidad de nuevo reconocimiento del derecho.

 

Objetivos de la reforma

 

  • Garantizar la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ejercicio de los permisos.
  • Facilitar la conciliación laboral y familiar, protegiendo la estabilidad en el empleo.
  • Promover la corresponsabilidad en los cuidados mediante permisos intransferibles y retribuidos al 100 %.
  • Dar respuesta a los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea frente a España por la falta de transposición completa de la Directiva (UE) 2019/1158.

 

Impacto para empresas

 

  • Las empresas deberán adaptar sus protocolos internos de gestión de recursos humanos, asegurando:
    • La correcta tramitación de los nuevos periodos de suspensión.
    • La actualización de las políticas internas de conciliación.
    • La comunicación al personal de los nuevos derechos reconocidos.
  • Esta ampliación supone, en la práctica, una mayor presencia de ambos progenitores en el cuidado del menor, con un diseño que fomenta la corresponsabilidad y evita la penalización económica durante el disfrute del permiso.

 

¿Qué debe hacer su empresa?

 

  • Revisar los procedimientos de gestión de ausencias y permisos.
  • Actualizar la información a la plantilla y a los departamentos de RR. HH.
  • Adaptar la política de conciliación a los nuevos derechos y plazos de disfrute.
  • Prever ajustes organizativos para cubrir las ausencias derivadas del nuevo marco de permisos.

 

En Gaudia podemos asesorarle sobre la correcta implementación de esta nueva normativa y su impacto en la planificación laboral y la gestión de personal.