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Se acerca el final de año y es el momento propicio para planificar la próxima declaración de IRPF y analizar las posibles medidas a adoptar para reducir la factura fiscal del IRPF. En este contexto, nuestros consejos fiscales serían los siguientes:
- Aportaciones planes de pensiones: Si bien, la cantidad límite de aportaciones sujetas a reducción fiscal se redujo de 10.000 € a 8.000,00 € al año, sigue siendo una herramienta eficaz para reducir la factura fiscal. Se trata de una reducción que se aplica sobre la base general del impuesto.
- Aplicar la deducción por compra de vivienda: Les recordamos que podrán seguir disfrutando de esta deducción aquellos que compraron su vivienda habitual con anterioridad al 01-01-2013. Podrá agotar el límite de la base de deducción fijada en 9.040 e por contribuyente.
- Reinvertir la ganancia obtenida por venta vivienda habitual: la ganancia patrimonial obtenida por la venta de la vivienda habitual tributa entre el 195 y el 23% dependiendo de su cuantía. Este coste puede neutralizarse con la reinversión total o parcial en otra vivienda habitual.
- Exención para mayores de 65 años: Se encuentran exentas las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de la vivienda habitual. Igualmente podrán no tributar por la ganancia obtenida por la transmisión de cualquier bien o derecho, hasta un máximo de 240.000 €, si se reinvierte lo obtenido en una renta vitalicia.
- Exención rentas obtenidas el extranjero: Les recordamos que los rendimientos obtenidos por trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos hasta el límite de 60.100,0 €.
- Aportaciones destinadas a donativos: Sobre las donaciones destinadas a ONG, fundaciones o cualquier entidad acogida a la Leyes estatal o forales de incentivos al mecenazgo, podrá desgravarse un 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% del resto de sus aportaciones, que aumenta al 35% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido encada uno delos tres últimos años.
- Incentivos suscripción de acciones: Se pueden deducir el 30% de las cantidades satisfechas en 2.019 por suscripción de acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación, con un límite de 60.000,00 €.
Estas son sólo algunas de las recomendaciones más generales sobre las cuestiones fiscales a analizar de cara al final de año, pero existen otras muchas en función de las circunstancias personales de cada contribuyente (guardería, alquiler inmuebles, familias numerosas…).