El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE de 30 de julio de 2025) amplía el permiso por nacimiento y cuidado de menor y culmina la transposición al ordenamiento español de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y laboral de progenitores y cuidadores
Principales novedades del Real Decreto-ley
- Mayor duración del permiso: pasa de 16 a 19 semanas retribuidas al 100 % de la base reguladora a cargo de la Seguridad Social.
- Distribución del permiso:
- 6 semanas obligatorias tras el parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
- 11 semanas de disfrute flexible, completas o fraccionadas, hasta que el menor cumpla 12 meses.
- 2 semanas adicionales para el cuidado parental, a disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años.
- Permisos en familias monoparentales: se amplían hasta 32 semanas (22 flexibles hasta los 12 meses y 4 hasta los 8 años).
- Supuestos especiales: se añade 1 semana extra para cada progenitor en caso de discapacidad del menor o nacimientos/adopciones múltiples.
- Retroactividad: el nuevo marco se aplica a menores nacidos a partir del 2 de agosto de 2024.
Las semanas adicionales (2 para cuidado parental y 4 en caso de monoparentalidad) podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026, sin necesidad de nuevo reconocimiento del derecho.
Objetivos de la reforma
- Garantizar la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ejercicio de los permisos.
- Facilitar la conciliación laboral y familiar, protegiendo la estabilidad en el empleo.
- Promover la corresponsabilidad en los cuidados mediante permisos intransferibles y retribuidos al 100 %.
- Dar respuesta a los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea frente a España por la falta de transposición completa de la Directiva (UE) 2019/1158.
Impacto para empresas
- Las empresas deberán adaptar sus protocolos internos de gestión de recursos humanos, asegurando:
- La correcta tramitación de los nuevos periodos de suspensión.
- La actualización de las políticas internas de conciliación.
- La comunicación al personal de los nuevos derechos reconocidos.
- Esta ampliación supone, en la práctica, una mayor presencia de ambos progenitores en el cuidado del menor, con un diseño que fomenta la corresponsabilidad y evita la penalización económica durante el disfrute del permiso.
¿Qué debe hacer su empresa?
- Revisar los procedimientos de gestión de ausencias y permisos.
- Actualizar la información a la plantilla y a los departamentos de RR. HH.
- Adaptar la política de conciliación a los nuevos derechos y plazos de disfrute.
- Prever ajustes organizativos para cubrir las ausencias derivadas del nuevo marco de permisos.
En Gaudia podemos asesorarle sobre la correcta implementación de esta nueva normativa y su impacto en la planificación laboral y la gestión de personal.

