La justicia española adopta medidas cautelares frente a la FIFA y la Real Federación Española de Fútbol por el límite de honorarios impuesto a los agentes de fútbol. En concreto ha sido el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid quien ha estimado la solicitud de medidas cautelares planteada por la Asociación Española de Agentes de Futbolistas y otros agentes, frente al nuevo Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA (“FFAR” por sus siglas en inglés) que, entre otras medidas, limita los honorarios que pueden cobrar los agentes de los futbolistas.
La FIFA, en su calidad de máximo órgano rector del fútbol mundial, promovió a finales del año 2022 un reglamento para regular la labor de los agentes de fútbol a nivel internacional (FFAR). Entre otras cuestiones, el reglamento introducía una limitación cuantitativa a los honorarios de los agentes de fútbol, a través de la fijación de un límite porcentual máximo de honorarios que cada agente puede percibir, en función de a quién represente en una determinada transacción (artículos 15.1 y 15.2 del FFAR).
La razón por la que la FIFA justifica la adopción de dicho reglamento sería dar solución a determinadas disfunciones que, en su opinión, se habrían producido en el mercado de prestación de servicios de representación de futbolistas y entrenadores durante los últimos años.
Sin embargo, desde su adopción, el reglamento ha dado lugar a una importante litigiosidad en la Unión Europea, al entender los agentes de fútbol que sus disposiciones, y muy especialmente la limitación de honorarios de sus servicios, no solo comportarían un grave perjuicio para sus ingresos y la viabilidad de su modelo de negocio, sino que serían contrarios al Derecho de la Competencia, al constituir una infracción grave de los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
En concreto, diferentes agentes de fútbol y asociaciones de agentes han promovido procedimientos frente a la FIFA –y las respectivas federaciones nacionales– en Alemania, Holanda, Bélgica. Fuera de la Unión Europea, también se han iniciado procedimientos frente a la FIFA en Reino Unido y en Suiza, con similar fundamento.
En lo que a España se refiere, la Asociación Española de Agentes de Futbolistas y otros 18 agentes (y agencias) de fútbol, interpusieron el pasado mes de julio de 2023 una demanda frente a la FIFA y la RFEF solicitando que se declarara la nulidad de diversos preceptos del FFAR por su carácter anticompetitivo.
El auto del juzgado de lo mercantil español supone un hito relevante en la aplicación privada del Derecho de la Competencia a nivel europeo, al estimar una medida cautelar frente a un organismo como la FIFA, radicado en Suiza, tendente a detener la materialización de una conducta potencialmente anticompetitiva.
Además, el auto sigue la línea del dictado en el mes de mayo por el Tribunal de Primera Instancia de Dortmund, que igualmente adoptó medidas cautelares frente a la FIFA y la Federación Alemana de Fútbol, en relación con la petición instada por determinados agentes de fútbol alemanes. Existe también una cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con la compatibilidad del FFAR con el Derecho de la Unión Europea.
El auto del juzgado de lo mercantil español supone un hito relevante en la aplicación privada del Derecho de la Competencia a nivel europeo, al estimar una medida cautelar frente a un organismo como la FIFA, radicado en Suiza, tendente a detener la materialización de una conducta potencialmente anticompetitiva.
Además, el auto sigue la línea del dictado en el mes de mayo por el Tribunal de Primera Instancia de Dortmund, que igualmente adoptó medidas cautelares frente a la FIFA y la Federación Alemana de Fútbol, en relación con la petición instada por determinados agentes de fútbol alemanes. Existe también una cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con la compatibilidad del FFAR con el Derecho de la Unión Europea.
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